Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 900, Junio 02 de 2014

Algunos contratos que por sí mismos no son instrumentos financieros pueden incorporar instrumentos financieros implícitos en ellos, por tanto, un derivado implícito es una característica dentro de un contrato.

Un derivado autónomo corresponde a un instrumento financiero que cumpla las tres características naturales de un derivado, como por ejemplo que su valor depende del comportamiento de otra variable, denominada subyacente, su cumplimiento es en el futuro y son altamente apalancados. Por su parte un contrato hibrido (combinado) es un contracto compuesto por un contrato principal (anfitrión) y un derivado implícito. Un derivado implícito corresponde a un instrumento derivado que se encuentra implícito en otro contrato denominado contrato anfitrión o contrato principal. Puede ser contabilizado en forma separada del contrato principal, sólo si las características económicas y los riesgos del derivado implícito no están relacionados estrechamente con los correspondientes al contrato anfitrión.

Un derivado implícito que no sería objeto de separación contable, corresponde a un contrato en la adquisición de una máquina importada que establece que el precio del activo está sujeto a cambios sin previo aviso al comprador. En este caso, se identifican dos clases de riesgos, el riesgo cambiario, por el efecto de importación, y el riesgo de mercado, por la cláusula de cambio de precio, dado que estos riesgos están estrechamente relacionados con el contrato de compra de la maquinaria no serían objeto de separación.

En el caso de los bonos convertibles en acciones, potestativos, es decir los bonos que le dan la posibilidad al tenedor de elegir si reciben acciones o efectivo al vencimiento se asemeja a una opción call, por tanto el inversionista deberá separar el valor de la opción del resto del instrumento, dado que el riesgo del bono en si esta dado al riesgo de incumplimiento y el de la opción al riesgo de mercado por el comportamiento de la acción en la fecha de vencimiento.

Otra evidencia de la importancia del juicio profesional que debe tener, no sólo el preparador de la información financiera, sino también el analista de riesgos y el área jurídica de la entidad.

Martha Liliana Arias Bello

Pontificia Universidad Javeriana
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Número 900, Junio 2 de 2014