Circular 000007       
09 de Septiembre de 2011
Superintencdencia de puertos y transporte
Certificacion de desarrollo de programas de seguridad

PARA: TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA

DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR

ASUNTO: CERTIFICACIÓN DESARROLLO PROGRAMAS DE SEGURIDAD

En ejercicio de las funciones de vigilancia, inspección y control atribuidas a la Superintendencia de Puertos y Transporte por los Decretos 101 y 1016 de 2000, modificados por el Decreto 2741 de 2001, en concordancia con lo previsto en el Decreto 2762 de 2001 y en la Circular Externa número 006 del 4 de mayo de 2007 emitida por esta Superintendencia, con el propósito de efectuar seguimiento a los Programas de Seguridad en la operación del transporte, este Despacho se permite solicitar remitir certificación que contenga la información que se detalla a continuación, en relación con las vigencias 2010 con corte a 31 de julio de 2011.

– NIT y razón social del Terminal de Transporte.

– Resolución de habilitación u homologación del terminal de transporte indicando número, fecha y entidad que la emite.

– NIT y razón social del Operador que desarrolla los programas de seguridad.

– Clase de negocio jurídico, acuerdo o convenio celebrado con el operador de los programas de seguridad, fecha de suscripción, término, prórrogas si existieren.

– Monto de dinero recibido por concepto de tasa de uso.

– Monto de dinero transferido a los programas de seguridad.

– Cuenta y entidad bancaria en la cual se consignan los dineros para los programas de seguridad.

– Cantidad de pruebas de alcoholimetría realizadas.

– Cantidad de pruebas con resultado positivo.

– Costo por prueba y costo total período.

– Cantidad de exámenes médicos de aptitud física (EMGAF) realizados.

– Costo total período exámenes médicos de aptitud física (EMGAF) realizados Otros exámenes y campañas realizados en el período.

– Discriminación de los costos incurridos en el desarrollo de los programas de seguridad en pesos.

FORMATO EN EXCEL

ENVÍO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

La certificación solicitada debe ser remitida al correo electrónico delegadatransito@ supertransporte.gov.co antes del 30 de octubre de 2011, en archivo PDF, renombrada con el nombre del Terminal de Transporte, la cual debe ser suscrita por el Representante Legal y Revisor fiscal, si existiere.

De manera adicional, la información debe registrarse en formato que puede descargarse de la página web www.supertransporte.gov.co (archivo en Excel 97-2003) denominado “Certificación Terminales de Transporte.xls”, diligenciarlo y renombrarlo con el nombre de la Terminal de Transporte, para enviarlo al correo delegadatransito@supertransporte.

gov.co de la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor.

Nota: Los archivos adjuntos en cada correo no deben superar los 4MB de tamaño.

La información enviada en medio impreso, o a otro correo de la entidad no será considerada recibida.

La presente circular es de obligatorio cumplimiento para los destinatarios de la misma y su inobservancia dará lugar a las acciones administrativas que competen a esta Superintendencia, de conformidad con lo previsto en la normatividad que regula la materia.

PUBLICACIÓN

La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

El Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor (e), Daniel Ortega Dávila.
(C. F.).