Por Por medio del cual se promulga el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA


En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2° de la Constitución
Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7 de 1944, y

CONSIDERANDO:


Que la Ley 7a del 30 de noviembre de 1944, en su artículo primero dispone que los Tratados, Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

 

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que vincule a Colombia;

Que el Congreso de la República, mediante la Ley No. 1691 del 17 de diciembre de 2013, publicada en el Diario Oficial No. 49.007 del 17 de diciembre de 2013, aprobó el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012;

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-812 del 5 de noviembre de 2014, declaró exequible la Ley No. 1691 del 17 de diciembre de 2013 y el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012;

 

Que la República de Colombia, mediante Nota Verbal No. S-GTAJI-14-093620 de fecha 19 de diciembre de 2014, informó a la República Federal de Alemania sobre el cumplimiento de los procedimientos exigidos por su ordenamiento jurídico interno para la entrada en vigor del citado Convenio;

 

Continuación del Decreto por medio del cual se promulga el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012.

 

Que la República Federal de Alemania, mediante Nota Verbal No. EZ 440.01 de fecha 16 de febrero de 2015, informó a la República de Colombia sobre el cumplimiento de los requisitos constitucionales para la entrada en vigor del Convenio en mención;

 

Que de conformidad con el numeral 1° del artículo 13, el Convenio entrará en vigor en la fecha en que el Gobierno de la República de Colombia haya comunicado al Gobierno de la República Federal Alemana que se han cumplido los requisitos internos necesarios para la entrada en vigor;

 

Que en consecuencia, el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012, entró en vigor el 23 de enero de 2015;

 

DECRETA:


ARTÍCULO PRIMERO: Promúlguese el “Convenio entre El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012.

(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera”, suscrito en Bogotá, D.C. el 19 de julio de 2012).

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado En Bogota D.C., a
MARIA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES