Las cesantías que las empresas deben consignar a los empleados corresponden a un salario devengado por el trabajador en el último año, o lo proporcional si lleva menos de 365 días.

¿Qué son las cesantías?
 

Las Cesantías son una prestación social que, por ley, el empleador reconoce a sus empleados como un amparo en caso de desempleo. Así que, si usted tiene un contrato laboral, recibe por cada año de servicio un mes de salario o proporcional al tiempo laborado.
 

¿Quiénes pueden pertenecer a un fondo de cesantías?
 

Obligatoriamente todos los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo acordado con posterioridad al primero de enero de 1991 o quienes quieran acogerse al nuevo régimen de Cesantías. Personas independientes que voluntariamente quieran aportar a un fondo de Cesantías.
 

¿Cómo se ahorran las cesantías?
 

Existen dos portafolios:
 

Portafolio largo plazo: Si va a deja guardadas sus Cesantías por un buen tiempo como seguro de desempleo o para la compra de vivienda, este es el portafolio ideal para ahorrarlas, pues la rentabilidad en un período amplio de tiempo podría ser mayor a la del portafolio de corto plazo.
 

Portafolio corto plazo: Si va utilizar las cesantías próximamente, este portafolio se ajusta a sus necesidades. Como éste debe atender los retiros parciales o totales de las cesantías, en este caso las inversiones son muy líquidas y no generan altas rentabilidades.
 

¿Qué sucede si no se elije ningún portafolio?
 

En febrero cuando la empresa hace la consignación esta entra al portafolio de corto plazo y en agosto todo el dinero pasa al portafolio de largo plazo. Ese comportamiento se presentará cada año. En conclusión si no elige el portafolio no hay de que preocuparse.
 

¿Hay rentabilidad al ahorrar las cesantías?
 

La rentabilidad de las cesantías son las ganancias que se obtienen gracias a las inversiones que realiza la sociedad administradora de fondos de Cesantías y empieza a generarse desde el día en que el empleador o trabajador independiente realiza el depósito.
 

Con la creación de los dos portafolios de cesantías, uno de corto y otro de largo plazo, las rentabilidades serán distintas en cada uno de ellos, pues las inversiones que se realicen deben responder a sus características particulares, buscando, en el de corto plazo, preservar el capital y, en el de largo, obtener mejores rentabilidades a las que podría obtener el de corto en el mismo período de tiempo.
 

¿Para qué sirven las cesantías?
 

El principal uso de las Cesantías es servir de amparo en caso de quedar desempleado, sin embargo la Ley permite cubrir con las Cesantías el pago de estudios universitarios, ciclos de formación no formal reconocidas por las autoridades de educación departamental que acrediten programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano propios o del grupo familiar y para comprar o mejorar la vivienda propia.
 

¿Las cesantías las puede entregar el empleador al empleado después de la fecha establecida?
 

No. Hasta el 14 de febrero es la fecha límite que tienen las empresas para consignar las cesantías y por ningún motivo puede hacerlo luego o entregárselas directamente al trabajador porque estará violando la Ley.

Tomado de:cuadresubolsillo.com