De nuevo se reaviva el tema de las pensiones en Colombia, y en especial de su inequidad.

Hace varios años, con mayor amplitud desde la Ley 100 de 1993, se conocen estudios sobre el gran déficit pensional que acumula el país y el hueco fiscal que se incrementa exponencialmente.

Esta situación se agrava día a día no solo en Colombia, sino en el mundo, por el cambio en la estructura de la pirámide poblacional que cada año disminuye su volumen en la base y, por el contrario, incrementa las capas superiores gracias a las mejoras en el campo de la salud, que han alargado las expectativas de vida.

Como si esto no fuera suficiente, la inequidad que rige en Colombia agudiza esta situación. Las pensiones de ex altos funcionarios del Estado (exmagistrados, excongresistas y algunos otros exempleados de los organismos de control) no se comparan con la situación de las pensiones mínimas de la mayoría de los colombianos, y ni siquiera con las de aquellos extrabajadores que, habiendo tenido altos sueldos, tienen un límite en sus pensiones de 25 salarios mínimos.
 

El Ministro de Trabajo ha reiterado lo que se ha conocido en varios estudios del Gobierno y otras instituciones de investigación como Fedesarrollo: entre más alta la pensión, más alto el subsidio que tiene que dar el Estado, es decir, los colombianos que somos quienes surtimos sus arcas. Nuestros impuestos, en muchos casos muy onerosos, engrosan los bolsillos de unos pocos privilegiados.
 

Además, desde 1992, por una ley expedida en su favor, los excongresistas y exmagistrados se pensionan con el promedio del último año subiendo desproporcionadamente su pensión aunque sus salarios y aportes anteriores no hayan contribuido a lograr estas altísimas cifras. La situación fiscal se agrava aún más pues muchos de los ilustres ex se casan con personas más jóvenes, alargando la vigencia de la pensión por 30 o 40 años más.
 

No tiene presentación que los mismos magistrados y aun el Procurador actúen en su propio interés, y en el debate en la Corte Constitucional aleguen derechos adquiridos y normas a su favor para mantener el privilegio. Normas que defiendan esta inequidad siempre existirán, pues las leyes las crea el Congreso, y las analiza y declara su exequibilidad la justicia, garantizando su existencia para proteger sus derechos.
 

Otra cosa es los principios éticos y generales de la Constitución sobre equidad, igualdad y justicia, que se vulneran con estas normas y, en especial, con las tutelas a través de las cuales aquellos a quienes se aplica el Acto Legislativo No. 1 de 2005, que estableció el tope para las pensiones en 25 salarios mínimos, logran también salir favorecidos.
 

Tiene la Corte Constitucional en sus manos una decisión de las más trascendentales en la vida jurídica y fiscal de la Nación, pero también la oportunidad de empezar a luchar contra la desigualdad y la injusticia, y de sentar un precedente de ética y equidad.
 

Y en el peor de los casos, si no se decide a dar el gran paso de hacer reliquidar estas onerosas pensiones, sí por lo menos decretar taxativamente la imposibilidad de seguir fallando tutelas que permitan continuar con esta aberrante práctica y aun más establecer un mecanismo que congele dichas pensiones hasta lograr su nivelación con el sistema general establecido en el 2005.

Tomado de:portafolio.co