Por lo anterior, los contribuyentes obligados a declarar el ICA para el tercer bimestre (meses de mayo y junio) tendrán a disposición los liquidadores dispuestos por la Secretaría en su página web: www.haciendabogota.gov.co , sección impuestos en línea, liquidador ICA, con el fin de efectuar la respectiva declaración con la nueva codificación. El próximo vencimiento de este impuesto es el 19 de julio.

Es importante resaltar que para la presentación de esta declaración no es requisito tener actualizado el RIT.

Quienes tienen matrícula mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá con fecha posterior al 14 de abril de 2002 y hayan realizado algún tipo de trámite o renovación de matrícula, entre el primero de enero y el 30 de junio de 2013, no requieren hacer la actualización de los códigos CIIU, toda vez que la información, será verá reflejada en su registro a partir del mes de agosto, en virtud del convenio que tiene vigente la Secretaría Distrital de Hacienda con la Cámara de Comercio de Bogotá.

Quienes no están obligados a registrarse en Cámara de Comercio deberán surtir el trámite de actualización de actividad económica directamente en cualquiera de los puntos de atención dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda en los SuperCADES, en el horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. a partir del 1 agosto de 2013.

La Secretaría Distrital de Hacienda invita a los contribuyentes a consultar la tabla de los códigos CIIU que se encuentran disponibles en www.haciendabogota.gov.co , sección impuestos en línea.

Tomado de: shd.gov.co