Hay un mercado en materia de vivienda en arriendo en crecimiento que, a diferencia de años anteriores, se trata de una población con mayor poder adquisitivo.

Así lo señala el presidente de Fedelonjas, Cesar Augusto Llano Zambrano, quien argumenta que las condiciones que se han dado para este año, gracias a los ajustes del salario mínimo (4,5%), deja a los hogares que tienen sus sueldos atados al incremento del salario mínimo en unas mejores condiciones para acceder a vivienda en arriendo como primera oportunidad para satisfacer sus necesidades habitacionales.

Sin embargo, explica que por el lado de la oferta un incremento de 1,94% en el canon de arrendamiento desestimula el negocio por la baja rentabilidad.

Aunque “en Colombia los contratos de arrendamiento podrán ser hasta del 1% del valor comercial del inmueble, es decir, el 1% de un contrato de arrendamiento de una vivienda cuyo valor catastral es de $100 millones, que corresponde a una vivienda de un valor comercial cercano a los $200 millones, sería de $2 millones mensuales”.

El canon de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana podrá incrementarse hasta en 1,94% durante 2014, porcentaje este que corresponde al aumento del Índice de Precios al Consumidor definido por el Dane para 2013. El incremento está regido por el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, pero existen algunas salvedades.

Para los contratos vigentes antes de la promulgación de la Ley 820, el incremento será del 3% que corresponde a la meta de inflación fijada por el Banco de la República de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 244 de 1995.

Llano Zambrano dijo que para hacer efectivo los respectivos incrementos, los arrendatarios deberán ser notificados por escrito por parte del arrendador previo al inicio de la prórroga del contrato o en su defecto al empezar un nuevo período pues los reajustes de vivienda urbana se realizan cada 12 meses.

Fedelonjas vislumbra una valiosa oportunidad para los hogares que viven en arriendo pues podrán ahorrar o invertir dado que el incremento del canon de es inferior al aumento del salario mínimo. Esto les permitirá destinar un porcentaje cercano al 2,56% de sus ingresos al ahorro para la compra de una vivienda o en su defecto si ya cuentan con la cuota inicial facilitar el acceso a un inmueble de buenas condiciones.  

Sin embargo, para que existan unas condiciones óptimas para la vivienda en arriendo desde el punto de vista de la demanda se necesita, a juicio de Fedelonjas, que el Gobierno Nacional adopte acciones contundentes que estimulen la oferta más allá de los incentivos que contempla el artículo 41 de Ley 820 del 2003.
 

“Para encadenar las diversas acciones que en materia de vivienda adoptó dicha Ley, la cual promocionó importantes complejos destinados al arriendo, se requieren fórmulas que le permita a los hogares poder formar el capital primario para acceder a soluciones habitacionales propias y vivir en mejores condiciones de bienestar a las que puede ofrecer el stock de vivienda en arriendo con la que cuenta la oferta actual”, concluye Llano.

Tomado de: dinero.com