En este sentido, serán 11 millones de colombianos los que recibirán un ingreso extraordinario a partir del viernes.

El resultado de la operación matemática que realizó LR se obtuvo al cruzar datos de Trabajando.com (una bolsa de empleo con presencia en Iberoamérica) y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane). Según este último organismo la Población Ocupada en abril fue de 21,3 millones de personas (48,6% es informal, de las 13 áreas metropolitanas). Sobre este número y con base en la cantidad de dinero que reciben, que es desde $616.000 (salario mínimo) hasta $8.008.000 (monto donde inicia el salario integral), se calculó el promedio de prima que podrían recibir en cada segmento.

Hay que tener en cuenta que hay entidades como Asofondos que estiman que son cerca de 7  millones las personas, con seguridad social (pensiones y cesantías), que recibirán prima.

Por ejemplo, de los 21, 3 millones de ocupados en abril, de los cuales 11 millones son formales, 6,03 millones (54,82%) reciben un salario mínimo ($616.000), cifra que al multiplicarla por el total de personas en esta categoría alcanza $3,7 billones.

El mayor pago por parte de las empresas se concentra en el salario mínimo, y de acuerdo con Stefano Farné, director del Observatorio Laboral de la Universidad Externado de Colombia, este pago es importante porque de alguna manera compensa y ayuda a poder equilibrar las cargas financieras que tiene. “Lo que se puede observar es que el salario básico cada vez tiene un mayor poder adquisitivo. Ahora bien, cuando con ese pago se mantiene a cuatro personas o más es obvio que este no va alcanzar”, agregó.

Otro de los segmentos en el que más colombianos se encuentra está comprendido entre los que reciben un salario mínimo y $1.000.000. Se estima que 1,9 millones de personas reciben ese valor promedio de pago, es decir, que aproximadamente se pagan $1,5 billones. Siguen  los que tienen salarios entre $1.000.001 y $1.500.000,  donde hay más de 836.000 habitantes, grupo en el que las primas suman $1,04 billones. Luego están los que ganan entre $1.500.001 y $2.000.000. En este nicho están 656.000 personas devengando $1,14 billones.

Para Alberto Echavarría, vicepresidente de asuntos jurídicos y sociales de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), en los últimos años se ha buscado que el salario tenga un incremento respecto a la inflación y en ese sentido, la capacidad adquisitiva ha aumentado. “El gran problema es que la cercanía entre el salario mínimo y el ingreso medio es prácticamente nula y por eso los sueldos no alcanzan”, dijo.

El sector más pequeño que recibe prima es el que se encuentra entre $6.000.001 y $8.008.000, apenas 52.000 personas, por una valor que no supera los $360.000 millones. De ahí en adelante se encuentran quienes reciben el salario integrado, es decir, los que ganan más de 10 salarios mínimos mensuales más un componente de prestaciones que mínimo debe ser de 30%, según el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo. Este grupo no recibe prima.

Según la ley el Salario Mínimo Integral es en el que se considera que “ya está incluido dentro del valor total del salario, las prestaciones, recargos y otros beneficios como el correspondiente recargo nocturno, extraordinario, las primas legales y extralegales, las cesantías, sus intereses, subsidios y suministros en especie”.

El estudio de Trabajando.com es de mediados de 2013 y se hizo encuestando a más 40.000 colombianos de las principales ciudades, que forman parte de su red laboral, más de 60 universidades, medios de comunicación, cámaras de comercio y gremios, entre otros.

El resultado de lo que deberán pagar las firmas es una aproximación que varía con factores como horas extra y bonificaciones.

¿Qué es una prima?

En Colombia, la prima de servicios es una prestación social que le corresponde al trabajador por las utilidades obtenidas en la empresa en la que se encuentra vinculado, para la cual tanto empleado como empleador deben tener claros los conceptos base para su liquidación como por ejemplo: los recargos nocturnos, horas extras, dominicales, vacaciones y el salario básico.

Esta prestación se recibe por ley dos veces al año, junio y diciembre, según el tiempo laborado entre estos períodos y básicamente se paga 15 días de sueldo por semestre.

¿Quién recibe una prima?

La prima de servicios la reciben todos los empleados, independientemente si quien contrata es persona natural o jurídica.

Los trabajadores que no reciben el beneficio de la prima de servicios son los de servicio doméstico, los conductores del servicio familiar y los trabajadores de una finca, entre otros, y siempre y cuando esté contratado legalmente. La prima es un salario mensual por cada año laborado. Sin embargo, si la vinculación es inferior a un año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado, antes esto no se contemplaba.

¿Cuánto se paga por una prima?

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, la prima de servicios equivale a 30 días de remuneración que se cancelan de la siguiente manera. El primer pago es por los 15 días en el mes de junio y el pago se debe efectuar máximo hasta el 30 de dicho mes. El segundo pago contabiliza 15 días del mes de diciembre y se debe pagar máximo hasta el 20 de dicho mes. Cada cuota es igual o aproximada a la mitad de un salario, cuando el empleado ha laborado durante un semestre corrido. Hay que tener en cuenta que también se contabilizan variables como las horas extras.

¿Cuántos reciben prima?

De acuerdo con el último informe de Mercado Laboral, publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), la Población Económicamente Activa (PEA) del país en abril se situó en 21,3 millones de personas. Es decir, que esa sería la cantidad de colombianos que recibirán su prima a más tardar el 30 de junio. Sin embargo, dentro de ese número no están contabilizadas las personas que realizan actividades de manera informal y, tal vez, estos no tengan un contrato y por ende no reciben el pago.

¿Entre qué montos de dinero se recibe la prima?

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir la prima de servicios. Sin embargo, aquellos que devenguen más del salario integral no hacen parte de este grupo. El salario integral, según el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, debe ser de 10 salarios mínimos mensuales más un componente de prestaciones que (como mínimo) debe ser de 30%. De esta forma el salario integral para 2014 queda fijado en $8.008.000, aquellas personas que ganen más que eso no reciben la prima. Por otra parte, para aquellos que perciben menos de dos salarios mínimos se les debe incluir el subsidio de transporte.

¿Cómo se paga la prima de servicios?

En cuanto a la forma como se debe pagar este dinero a los empleados no hay ningún tipo de especificación en ninguna ley, salvo que sea en los plazos mencionados anteriormente, es decir, antes del 30 de junio y del 20 de diciembre. El común denominador de las empresas hacen llegar el dinero a las cuentas bancarias donde normalmente los empleados reciben el pago de la nomina. Sin embargo, este se puede entregar en efectivo o de la manera como la compañía mejor le parezca. El artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo es la figura que cobija a los empleados.

Tomado de: https://www.larepublica.co/node/132561